El Ayuntamiento de Pedralba ha vuelto a tener protagonismo en los principales medios de comunicación del país por otro asunto judicial. En esta ocasión la noticia ha sido que el Consistorio deberá pagar casi 25.000 euros a causa de una sentencia del Juzgado de lo Social número 13 de Valencia. Esta cantidad irá para la familia de un profesional del Ayuntamiento, ya fallecido, que trabajó entre 1982 y 2020 con contratos en el Consistorio. El tribunal ha reconocido una «relación laboral» del fallecido con el Ayuntamiento, al contrario de lo que aducía el Gobierno local para prescindir de sus servicios en diciembre de 2020.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha informado que el profesional afectado comenzó a trabajar para el Ayuntamiento en el año 1982 como arquitecto técnico, con contratos anuales de arrendamientos de sus servicios, a los que luego sucedieron, de forma ininterrumpida, otros de obra y servicio o de servicios técnicos. El Sindicato apunta, tal y como especifica la sentencia, que el citado arquitecto técnico desarrolló su labor durante muchos años a lo largo de ocho horas semanales distribuidas en dos días a la semana en las que acudía a la casa consistorial a desempeñar las tareas propias de su cometido.

El 30 de diciembre de 2020, con el profesional de baja y hospitalizado por una grave enfermedad por la que falleció dos meses después, el Ayuntamiento comunica al afectado que “en relación al contrato menor de servicios que mantiene con el Ayuntamiento, el cual finaliza el 31 de diciembre del año en curso, sirva la presente para notificarle que no es intención de este ayuntamiento la formalización de un nuevo contrato con el mismo objeto para el ejercicio 2021, solicitándole que certifique y facture lo pendiente a la mayor brevedad”.

CSIF, ante esta comunicación del Ayuntamiento, recurrió a instancias judiciales en nombre del afectado y, posteriormente, de sus herederos, alegando que existía una relación laboral y que, como tal, en la práctica la decisión del gobierno local, comunicada un día antes de la finalización del contrato por lo que se trataba de un despido improcedente.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 13 da la razón a CSIF y a la familia del ex trabajador del Ayuntamiento al afirmar literalmente que “se debe concluir que los trabajos contratados a lo largo de los años exceden en mucho de las previsiones legales, resultando claro que tal prestación de servicios reúne todos los requisitos de la relación laboral. Es una actividad permanente, como prueba su dilación en el tiempo, y su objeto no se concreta en el resultado de una actividad, sino que llanamente se contrata a una persona física”.

El Juzgado finaliza su resolución con que “existió fraude de ley en la contratación”. Esta circunstancia derivaría en una readmisión del trabajador o en una indemnización. No obstante, como recalca la sentencia, “el fallecimiento del trabajador posterior al despido hace inviable la readmisión”. Con esta circunstancia se condena a “indemnizar en los términos legales” al Ayuntamiento para que abone a la familia la cantidad de 24.804,77 euros.

Desde el PSOE de Pedralba vamos a solicitar toda la información y documentación referente a este proceso. Y, posteriormente, pediremos las explicaciones y aclaraciones oportunas.

Andoni León: “Lamentamos que, una vez más, el nombre de Pedralba salga en los medios por un asunto judicial de esta índole a causa de las malas decisiones y las formas de actuar de la alcaldesa y su equipo de gobierno del PP. Los juicios y las fotos nos cuestan a las pedralbinas y pedralbinos demasiado dinero que dejamos de invertir en otras cuestiones mucho más necesarias”.